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Factura electrónica

El Ayuntamiento de La Vall D'Uixó esta acogido en su punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado, por el que se puede enviar la factura electrónica a través de https://face.gob.es con certificado de firma digital.

Los códigos que se deben de introducir para la remisión de facturas son:

CÓDIGOS GENRALES DIR3 AYUNTAMIENTO DE LA VALL D'UIXÓ
 
Oficina contable          L01121264 INTERVENCIÓN
Órgano gestor            L01121264 ALCALDÍA
Unidad tramitadora     L01121264 GESTIÓN PRESUPUESTARIA

Existen algunas dependencias que tienen asignadas códigos especificos para su unidad. En estos casos únicamente cambia el código de la Unidad tramitadora:

 - Informática --> Unidad tramitadora: LA0010797
 - Facturas de SGAE --> Unidad tramitandora: LA0010889
 - Facturas de consumo electrico --> Unidad tramitadora: LA0010890
 
Una vez enviada la factura, se puede consultar su estado de tramitación en todo momento a través de https://face.gob.es.
 
Información relevante: Según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
 
“En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración”.
En estos términos aquellos interesados que deban facturar al Ayuntamiento de La Vall D'Uixó y se encuentren en el ámbito de aplicación de este artículo deberán presentar las facturas por medios electrónicos.
 
Si todavía no dispone del programa para generar las facturas electrónicas, puede descargarse en http://www.facturae.gob.es/formato/Paginas/descarga-aplicaciones.aspx

Cobro de las facturas

El Ayuntamiento realiza sus pagos por sistema de transferencia bancaria una vez el departamento responsable del gasto ha verificado el correcto y adecuado cumplimiento del contratado.

Si es proveedor habitual del Ayuntamiento y ha cambiado de cuenta corriente, puede comunicarnos el nuevo número de IBAN sin necesidad de facturar, rellenando el formulario de terceros disponible en la descarga de formularios.
fecha de la última actualizaciónlunes 4 enero 2021
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