En el Registro electrónico puede presentar solicitudes relativas a asuntos que sean competencia municipal. Para utilizar el Registro Electrónico es necesario disponer de un DNI Electrónico u otro certificado digital reconocido incluido en la lista de Certificados admitidos.Además puede realizar una comprobación de los requisitos técnicos necesarios para realizar esta gestión.
Seleccione el trámite que desea realizar y compruebe () que el mismo puede presentarse a través del Registro electrónico. Cumplimente los datos solicitados en el formulario y anexe la documentación que se requiera acompañar a la solicitud para que el Ayuntamiento de la Vall d'Uixó pueda iniciar la gestión con la mayor celeridad. Una vez realizado el trámite se expedirá el correspondiente justificante de presentación que podrá descargar y/o imprimir.
El registro electrónico está operativo las 24 horas del día, durante todos los días del año, excepto las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas que se informarán en el apartado de "Interrupciones de Servicio".
El Registro Electrónico del Ayuntamiento de la Vall d'Uixó se regirá, a efectos de cómputo de plazos, por la fecha y la hora oficial de la Sede Electrónica. A los efectos de cómputo de plazo fijado en días hábiles o naturales, y en lo que se refiere a cumplimiento de plazos por los interesados, se actuará en el siguiente sentido:
- La fecha y hora de referencia serán los vigentes en el momento de la recepción o salida de la correspondiente solicitud, escrito o comunicación, en o desde el sistema de información que dé soporte al Registro Electrónico.
- La entrada de solicitudes, escritos y o/comunicaciones recibidas en días inhábiles se entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente. A estos efectos, constará en el asiento de entrada correspondiente la fecha y hora en que efectivamente se ha recibido la solicitud, escrito o comunicación presentada pero se indicará en el mensaje de confirmación las cero horas y un minuto del siguiente día hábil.
- Se consideran días inhábiles, a efectos del Registro Electrónico de la Administración Municipal, los establecidos como días festivos en el calendario oficial de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma y de fiestas locales de este Municipio. Este calendario está publicado en la sede electrónica en el apartado "Calendario de días inhábiles".